sábado, 4 de junio de 2011

Reformas al Código Penal vienen a dar tranquilidad a productores de mango

04 de Junio 2011
fuente: Diario De Colima


Juvenal MARTÍNEZ SÁNCHEZ

Con éstas se les dará protección legal en la compraventa de sus productos, evitando así los fraudes comerciales de que eran objeto, declara el presidente del Consejo Estatal, Tomás Paulín Nava

TECOMÁN, Col.- Los productores de mango ven con beneplácito la aprobación que de manera unánime hicieron los diputados, al aprobar las reformas del Código Penal del Estado de Colima y con ello, brindarles protección legal en la compraventa de sus productos, evitando así los fraudes comerciales de que eran objeto por parte de compradores foráneos.
Así lo manifestó el presidente del Consejo Estatal del Mango (Coemango), Tomás Paulín Nava, quien expresó su reconocimiento a los legisladores Germán Virgen, presidente de la Comisión de Desarrollo Rural, Fomento Agropecuario y Pesquero y Asuntos Indígenas; Armida Núñez, presidenta de la Comisión de Asistencia Social y Atención a los Grupos Vulnerables, Jefas de Familia, Adultos Mayores y Discapacidad; Luis Alfredo Díaz Blake, titular de la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización, y Héctor Vázquez Montes, presidente de la Comisión de Planeación del Desarrollo Urbano, por el apoyo que les brindaron al escuchar y hacer una realidad esta petición.
Destacó que esta iniciativa presentada por el diputado Germán Virgen Verduzco y dictaminada por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, viene a brindarles tranquilidad a los productores y sus familias.
Mencionó que con la adición que se hizo a las fracciones VI y VII del Artículo 223 del Código Penal para el Estado de Colima, se tipifica como delito de fraude equiparado en perjuicio de productores agropecuarios, pesqueros o forestales, cuando habiendo celebrado un convenio de comercialización de sus productos, mediante engaños, artificios o maquinaciones, se incumpla con la obligación del pago pactado.
Asimismo, indicó que cuando se gire o libere un cheque a sabiendas de no tener cuenta ante instituciones bancarias, sin fondos suficientes para cubrir el pago respectivo, será acreedores a una penalidad aprobada de 6 meses a ocho años de prisión y multa de hasta 85 salarios mínimos.

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